Las abajo firmantes, organizaciones dedicadas a la defensa de los derechos humanos y civiles en entornos tecnológicos, expresamos nuestra profunda preocupación por el proyecto de ley argentino para la incorporación de tecnologías informáticas en la emisión del voto.
Seguidamente, detallaremos tres puntos clave del proyecto aprobado en la Cámara de Diputados Argentina que tendrían un impacto negativo en los derechos fundamentales de los ciudadanos.
En primer lugar, la incorporación de tecnologías para el ejercicio del sufragio puede afectar negativamente el derecho de los ciudadanos a tener elecciones transparentes, ya que tanto la integridad del voto como su carácter secreto podrían verse afectados.
Si bien no existen sistemas de votación donde la seguridad, la integridad y el secreto estén asegurados, la incorporación de una computadora como intermediario entre el elector y el ejercicio de su voluntad presenta un problema que debe ser considerado. La tecnología informática no es absolutamente transparente para el elector. Él no puede ejercer un control integral sobre su correcto funcionamiento sin conocimientos especiales y sin la necesidad de confiar en un tercero que lo haga por él (el estado, auditores, etc.). Tal brecha de conocimiento puede habilitar manipulaciones que van desde vulnerabilidades de software o hardware (ampliamente documentadas en la práctica) hasta la amenaza de la violación del secreto. En tal sentido, siguiendo la opinión de destacados miembros de la comunidad técnica argentina, desaconsejamos la adopción de cualquier tipo de sistema de votación electrónica en los que la tecnología informática –tanto de hardware como de software– actúe como un intermediario entre el elector y el ejercicio del sufragio. Esto incluye los llamados sistemas de “boleta única electrónica” y similares.
En segundo lugar, y como reflexión subsidiaria, aún en el caso en el que se decidiera utilizar tales tecnologías, los procesos de implementación deberían incorporar estrictos mecanismos de control. Esto incluye la adopción de requisitos técnicos ineludibles identificados por la comunidad técnica, así como también un proceso razonable, legítimo y transparente para licitaciones, implementaciones de prueba y auditorías completas, libres e independientes de hardware y software.
En tercer lugar, nos genera gran preocupación la incorporación de nuevos delitos en el proyecto de ley que, en su redacción actual, harán más difícil el derecho de los ciudadanos a ejercer el control del acto eleccionario. Específicamente, observamos como problemáticas las siguientes disposiciones:
Por estas razones, solicitamos a los honorables miembros del Senado de la Nación Argentina que analicen la propuesta de reforma y en particular la incorporación de sistemas informáticos al proceso de emisión del sufragio, a la luz de los fundamentos que hemos destacado y sustentado en los párrafos anteriores y, de tal suerte, eviten los peligros que su implementación podría generar.
Entendemos que esta es la forma adecuada para proteger los derechos de las personas, sean votantes, auditores, fiscales o investigadores. Pero por sobre todo, es la manera de preservar y consolidar el sistema democrático no sólo de Argentina, sino también a través del ejemplo, de los demás países de Latinoamérica.
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